Por Gabriel Boragina ©
‘’Dijimos antes que el derecho es un bien de capital y si el derecho es un bien de capital no tiene objetivos, la ley no tiene objetivos, las personas son las que tienen objetivos. Constituye una falacia que los lógicos clásicos llamarían falacia naturalista suponer que las cosas tienen una voluntad independiente de las personas que utilizan las cosas’’.[1]
Cierto. Sin embargo esta falacia está sumamente extendida, como el antropomorfismo por el cual a entidades ideales o imaginarias se le asigna existencia ‘’real’’, como sucede con el estado-nación, la sociedad, la comunidad, el país, el pueblo, etc. cuando estas palabras no son más que etiquetas que se esgrimen (o debería hacerse) para designar grupos o conjuntos de personas o cosas a las que se le fijan diferentes roles u objetivos. Sin embargo, comúnmente se los piensa y se manejan esos términos como sinónimo de entes vivientes por ‘’derecho propio’’ con voluntad propia, deseos, etc., cosas imposibles en entelequias, y sólo factibles en la unidad física y biológica que llamamos ser humano.
‘’Las cosas no tienen voluntad solo las personas tienen voluntad. Si solo las personas tienen voluntad la ley no tiene ninguna voluntad, es una metáfora, una mala metáfora, aquella que nos habla de la voluntad de la ley o la voluntad del legislador’’[2]
Además de una metáfora, su uso no es siempre inocente. Muchas veces, el empleo de esta metáfora se trae para esconder las verdaderas intenciones del que la explota, y que son disimular astutamente que acude a la expresión para conseguir sus fines propios, o bien los del grupo al cual el sujeto pertenece o dice representar.
De ahí que sea tan frecuente escuchar en boca de políticos y líderes gremiales reivindicar lo que no son más que sus aspiraciones personales, escudándose en que ‘’lo es’’ en la ‘’voluntad de la ley’’, y no en sus personales opiniones.
Cuando alguien dice ‘’es la voluntad de la ley’’ no hace más que exponer su subjetiva valoración o -mejor dicho- expresión de deseos de lo que la ley (esa o cualquier otra) debería decir, siempre y cuando favorezca sus propios intereses o los de su grupo.
‘’Lo que el legislador haya querido hacer cuando promulga o redacta una ley tiene a los ciudadanos sin cuidado. Los ciudadanos no siguen la ley cuando las siguen por la voluntad del legislador o la voluntad del jurista que propuso la norma legal, los ciudadanos obedecen las leyes por sus beneficios, porque ellos creen que se benefician de hacerlo, por los costos y beneficios asociados con sus preferencias individuales. Yo obedezco la ley cuando me conviene, no me interesan los objetivos de un legislador, si es que se pueden conocer”[3]
Indudablemente el autor de este trabajo que estamos analizando, tiene total razón en este punto. La gente, todos nosotros, sólo actuamos cuando al hacerlo, tenemos una ventaja, si no hay un provecho a la vista, la acción de cualquier individuo nunca va a tener lugar.
Ya sea para provocar un mal o para obtener hacer bien, la acción se lleva a cabo con un propósito personal, el cual puede ser coincidente con el de un grupo al cual se pertenece o bien se adhiere.
Pero lo que determina la obediencia o la desobediencia de la ley, es meramente el interés personal o -si se quiere de otra manera- el egoísmo personal. Esto no quita, por supuesto, que pudiera existir la situación en que una o varias personas coincidan con los objetivos del legislador, fuere que los conozcan o no los conozcan.
Por eso, es perfectamente factible que, personas que votaron al legislador por pertenecer o adherir a su propio partido político, también estén de acuerdo, naturalmente, con las leyes que ese legislador proponga, porque justamente, para eso mismo lo votaron.
“La ratio legis es parte de la historia o de la arqueología jurídica, si ustedes quieren, una curiosidad pero carente de relevancia social y económica actual. La gente no obedece las leyes por esas razones, la gente obedece las leyes cuando les conviene hacerlo porque tienen costos menores a los beneficios.”[4]
Obviamente, cuando el cuerpo legal de una determinada comunidad se contradice, la gente actuará de otra manera. La mayoría de las veces contraria a la ley, y ese desconocimiento entre un sistema legal formal, enfrentado a otro sistema legal informal, va a producir una crisis de legalidad allí donde se produzca.
Esto tiene particulares consecuencias, y -otra vez- el ejemplo típico de estas contradicciones legales aparece en el área del campo fiscal. Insistimos en el punto por la razón de que -en general- son creadas a instancia de los burócratas, lo cual es hasta cierto punto lógico en el sentido de que la burocracia se financia exclusivamente a través de los tributos, dado que los beneficiarios de los impuestos son (con una proporción abrumadoramente mayoritaria) los burócratas y no los ciudadanos del llano, sucede precisamente que –consecuentemente- en esos contextos aparezca el fenómeno de la evasión fiscal.
“Entonces, el cumplimiento de la ley no tiene nada que ver con los objetivos del legislador. Una ley creada con un propósito bueno puede ser usada para algo malo, la ley es un bien de capital, como un martillo. El martillo está hecho para la carpinterilla pero también te puede quitar la vida; la silla está hecha para sentarse pero también puedes estrellársela a alguien en la cabeza, las palabras están hechas para comunicarnos pero también pueden ser usadas para confundir, engañar y estafar.”[5]
Esto nuevamente es así, y es a lo que nos hemos venido refiriendo por durante tanto tiempo respecto al carácter instrumental de la ley. Se trata sólo de un medio, pero lo que determina si el medio empleado será idóneo, bueno, o malo, estará exclusivamente definido por la utilización que le dé el individuo particular que eche mano a esa ley en cuestión.
No es cosa extraña, ni rara que, leyes creadas con la mejor de las intenciones sean, en realidad, muy nocivas para la gente.
Un caso típico -al que nos hemos referido en otras oportunidades- es el de los llamados “estados benefactores” o “de bienestar” que tanto auge tienen hoy en día en el mundo político y económico. Sin duda alguna, en la legislación de tales estados podemos leer que con la mejor de las intenciones se han sancionado para justamente el beneficio. Sin embargo, ya hemos demostrado en muchos de nuestros trabajos sus efectos precisamente contrarios.
[1] Enrique Ghersi ‘’El costo de la legalidad’’. publicado por institutoaccionliberal • 16/01/2014 • El costo de la legalidad | Instituto Acción Liberal http://institutoaccionliberal.wordpress.com/2014/01/16/el-costo-de-la-...
[2] Ghersi ‘’El costo…’’ ibídem
[3] Ghersi ‘’El costo…’’ ibídem
[4] Ghersi ‘’El costo…’’ ibídem
[5] Ghersi ‘’El costo…’’ ibídem
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