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Revista Digital

El legislador liberal


 

 Por Gabriel Boragina ©

 

Me he referido otras veces a este asunto pero en forma tangencial y -en general- concerniente a determinados temas puntuales (por ejemplo, el cierre del banco central)[1]. Separemos las cuestiones:

 

¿Qué es un legislador liberal?

Según la mayoría de la gente cree que un ''legislador liberal'' es el que únicamente puede surgir de un ''Partido Liberal'', en especial de los que en alguna parte de su nombre oficial tengan las palabras ''liberal'', ''libertad'' o similares.

Esto es un gravísimo error. Muchos partidos que han tenido o tienen actualmente expresiones que incluyen los términos indicados no sólo no son liberales sino que hasta incluso adoptan posturas francamente antiliberales.

Lo primero para ser legislador liberal es -precisamente- ser liberal de palabra y de conducta, lo que no es monopolio de ningún partido político, ni tiene relación alguna con el nombre del partido en cuestión.

Las ideas liberales deberían impregnar a todos los partidos políticos, siendo deseable incluso que lo hicieran en aquellos de origen socialista. Esto no es utópico. Ya ha ocurrido.

Un caso célebre fue el PSOE español en la época de Felipe González, que, de la mano de su entonces ministro de economía, Solchaga Catalán, debió haber sido el primer Partido Socialista que en el gobierno se vio (ya fuera forzado o convencido) decidido a adoptar ciertas medidas de corte liberal. En Argentina, pasó algo levemente parecido durante el primer gobierno peronista de Menem.

Por la misma vía de razonamiento, es preferible la proliferación de múltiples partidos liberales, y no, como sostienen algunos, un partido único liberal. Es realmente patético que alguien que se diga a si mismo ''liberal'' propicie en materia política un partido liberal monopólico.

 

¿Cuál es el papel de un legislador liberal?

Legislar implica una actividad que puede revestir dos modalidades: una positiva y otra negativa.

Más del 90% de la legislación argentina hoy es de orden positivo, es decir, de leyes que imponen algo a alguien. El que impone es el legislador, y el sujeto impuesto (a quien se le impone) es el legislado (y lo impuesto es también a este último denominado ciudadano asimismo).

Un legislador liberal no debería votar o proponer leyes del primer tipo (afirmativo) que imponen cargas u obligaciones a otros, que impliquen afectar derechos propios o de terceros, porque tales normas nada tendrían de liberales, en la medida que obligan a llevar a cabo o cumplir con ciertas conductas de orden positivo (de dar, de hacer, o de no hacer) no acordadas con terceros.

Por descarte (y por doctrina) las leyes que debería votar o proponer, deberían ser todas de orden negativo, es decir, derogatorias de leyes positivas o afirmativas.

Por ejemplo, si un proyecto de ley crea y obliga a pagar un nuevo gravamen, el legislador liberal no sólo debería votarlo negativamente sino que debería proponer otra ley que derogue todas las demás leyes que hayan creado otros impuestos confiscatorios, excesivos o innecesarios.

Su éxito como legislador, al final de su periodo, estaría determinado por la cantidad de leyes positivas que impidió que se sancionaran o de leyes negativas que consiguió que se aprobaran.

De todos modos, las cosas no son tan sencillas.

 

Nuestra realidad

En el pasado fui entusiasta con la idea de que muchas medidas de corte liberal podrían ser más fácilmente tomadas si el liberalismo podía incorporar en el congreso nacional un número suficiente de legisladores liberales.

Hoy me doy cuenta de lo simplista de mi suposición, dado que la cuestión es bastante más compleja de lo que entonces suponía.

Los factores que complejizan el punto son de varios órdenes. Vamos a enumerarlos y tratarlos por separado seguidamente:

 

  1. Factores supralegales

En el caso argentino el mayor obstáculo para una gestión legislativa liberal lo representa el texto mismo de la Constitución nacional luego de la desafortunada reforma ocurrida en 1994.

El resultado de tal modificación fue una mixtura de normas que se superponen unas a otras en unos casos y se contradicen mutuamente en los restantes. Poco o nada queda de aquella maravillosa CONSTITUCIÓN liberal originaria inspirada por el genial Juan Bautista Alberdi.

Como indiqué en la nota citada[2] el obstáculo mayor -a mi humilde modo de ver- lo representa el art. 75 inciso 19º en cuanto le confiere al congreso las siguientes atribuciones:

''19. Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo, a la formación profesional de los trabajadores, a la defensa del valor de la moneda, a la investigación y desarrollo científico y tecnológico, su difusión y aprovechamiento''

Sin decirlo de esta manera, dicha norma le otorga rango constitucional al estatismo más rancio en todas sus formas, y no daría cabida a ningún proyecto de ley de contenido liberal. Para peor, tampoco es la única clausula en este sentido.

Esta más que claro que, ninguna ley del congreso puede obtener los objetivos programáticos que estatuye el inciso 19º. Sólo el mercado libre podría lograrlos. Sin embargo, la constitución no los pone en manos del mercado sino del congreso.

Pero hay otros ingredientes de orden cultural que examinaremos a continuación rápidamente:

 

  1. Educación cívica y constitucional.

El otro punto problemático está constituido por el pavoroso desconocimiento e ignorancia del texto constitucional por parte de la población. No sólo el grueso de la gente ignora la Ley Fundamental sino que los más ignaros ''interpretan'' o directamente inventan normas ''constitucionales'' de acuerdo a lo que escuchan o ven en algún programa periodístico (de los muchos que consumen ávidamente durante todo el día) o leen en los diarios, o en las redes sociales.

Este analfabetismo ciudadano puede tener que ver con la mentalidad fascistoide del argentino promedio y con la inobservancia de la misma constitución nacional durante largos periodos en la que fue desconocida por los propios gobiernos argentinos, tanto durante las numerosas intervenciones militares del pasado como en los gobiernos civiles de corte populista después de ellas.

Incluso muchos que apoyan a cierto candidato ''libertario'' de moda, parecen ignorar que gran parte de las propuestas de su ídolo chocan con varias cláusulas constitucionales, y -cuando se les hace notar este punto- no pocos de ellos sugieren que -en dicho caso- se deben ignorar o directamente pasarse por alto esos textos constitucionales, a fin de que su líder idolatrado quede con ‘’el camino allanado’’ y ''manos libres'' para hacer lo que quiera, a la usanza de cualquier otro dictador populista de los tantos que han abundando en estas tierras.

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