Por Gabriel Boragina ©
El reciente escándalo protagonizado por el jefe del partido gobernante
argentino auspiciando, promoviendo y publicitando con y por medios estatales
una cripto moneda, alcanza proporciones que exceden todo lo conocido hasta el
momento en materia de corrupción.
Al hablar de corrupción no lo hacemos en el sentido corriente y popular que se le da al termino. Sino en el que utiliza el profesor Ludwig von Mises cuando trata el tema.
Al respecto nos explica:
Hay múltiples esferas donde, dada una organización intervencionista, imposible resulta evitar el favoritismo. Piénsese , por citar un solo ejemplo, en la cuestión de las licencias de importación. ¿A quién otorgarlas y a quién denegarlas? No existe módulo alguno que permita hacer tal distribución de manera objetiva y libre de consideraciones personales. El que efectivamente se llegue o no a pagar dinero por la adjudicación, en el fondo, poco, a estos efectos, importa, pues no resulta menos recusable el, sin nada cobrar, conceder las deseadas licencias a aquéllos de quienes la Administración espera conseguir en el futuro particulares servicios (sus votos electorales, por ejemplo). El intervencionismo engendra siempre corrupción. Consignado este hecho, el economista se desentiende del asunto, dejándolo en manos de historiadores y juristas. [1]
En suma, para L. v. Mises (y nosotros) hay corrupción, -medie o no dinero- cuando el gobierno concede un beneficio, privilegio o prebenda a un particular o a varios de ellos, en desmedro del resto. Y publicitar, recomendar, incitar a invertir en un determinado bien, negocio, empresa, artículo o servicio privado por parte de un funcionario (y más cuando este es de alto rango) es un claro hecho de corrupción (al margen de su calificación legal, es decir, se considere o no delito).
Dado el alto rango del funcionario involucrado en el hecho comentado (que es de público conocimiento) advertimos que resulta de clara aplicación al caso el art. 53 de la Constitución de la Nación Argentina.
Este dice :
Artículo 53- Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al Presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes.
Este artículo está ubicado en la ''SEGUNDA PARTE. AUTORIDADES DE LA NACIÓN. Título Primero - Gobierno Federal. Sección Primera - Del Poder Legislativo''. Y el ''Sólo ella'' se refiere a la Cámara de Diputados. Y nos da tres motivos para el juicio político :
- Mal desempeño.
- Delito en ejercicio de sus funciones.
- Crímenes comunes.
Los puntos 2 y 3 no revisten mayor dificultad de comprensión. Casi todo el mundo tiene una idea de lo que es un delito y un crimen (en realidad, este último también es un delito, por lo que la diferencia es si se cometen ejerciendo las funciones o fuera de ellas).
Pero ¿qué se entiende por mal desempeño?
Es la Doctrina Constitucionalista la que responde esta pregunta, y lo hace de este modo:
La Constitución, en su art. 53, prevé tres causales para la promoción de un juicio político: 1. Mal desempeño del cargo. Comprende toda conducta, acreditable objetivamente, que reveía la falta de idoneidad del funcionario para proseguir en el ejercicio del cargo. El mal desempeño no se refiere únicamente a una conducta desplegada en el ejercicio de la función pública, sino también a todo comportamiento extraño a esa función que no se compadece con el decoro requerido por el principio de idoneidad. Una vida privada que lesiona la moral pública o desprestigia la investidura del funcionario es causal de mal desempeño. Otro tanto, una conducta que puede ser calificada como "mala conducta" conforme al art. 110 de la Ley Fundamental. Estar involucrado, con dolo o culpa, en episodios que suscitan el escándalo público, es causal de mal desempeño del cargo. El maltrato y la falta de respeto en forma reiterada al personal subalterno, es causal de mal desempeño. También, utilizar en beneficio propio, total o parcialmente, los servicios del personal dependiente. No ejercer el cargo con la diligencia propia que impone, es causal de mal desempeño. No se requiere siempre que el funcionario incurra en una conducta dolosa o culposa. Quien, por razones físicas o psíquicas no ejerce debidamente el cargo, puede ser removido del mismo si su padecimiento es irreversible.[2]
Si repasamos un poco el actuar (tanto público como privado) del personaje que estamos analizando, no podemos respecto de él encontrar casi ninguna excepción a la enumeración que hace la Doctrina Constitucional. Pero estas causales no son únicas, sino que en las páginas subsiguientes de su Tratado cita las opiniones de otros destacados constitucionalistas de fuste que agregan más causales.
Jurídica y políticamente parecen estar dadas todas las condiciones para que se le forme un juicio político.
Pero nuestro interés de momento no reside en lo económico, ni lo jurídico, ni lo político, sin restarles la debida importancia que estos enfoques tienen, sin duda, sino en lo estrictamente liberal/filosófico.
Los grandes liberales de todos los tiempos siempre han sido contundentes en cuanto a que en el liberalismo no se debía reconocer ventajas y prerrogativas para nadie. Porque la sinecura rompe la igualdad ante la ley, que el liberalismo reconoce y consagra.
El hecho analizado desde el comienzo (conocido como el escándalo de ''LIBRA'') no sólo es uno de corrupción (en los términos de la definición que nos suministra L. v. Mises y que copiamos más arriba) sino una violación al principio liberal de igualdad ante la ley.
Toda franquicia (en cualquier medida que se la estime) implica conceder un monopolio a alguien o a algunos (oligopolio) y cuando no es el mercado el que confiere esta exención sino el gobierno, deja de ser liberal/libertario y pasa a ser estatista/intervencionista/dirigista es decir la antítesis del liberalismo.
Ahora bien, el gobierno actual argentino no surgió de las urnas porque el votante argentino se hubiera convertido de la noche a la mañana en libertario. Se votó la opción actual porque enfrente estaba el fantasma de la continuidad del siniestro Massa por el lado del peronismo K.
La política adoptada hasta el momento, está dejando en la ciudadanía (ignorante en cuanto a los verdaderos significados de los términos liberalismo, libertarianismo y sucedáneos) la lamentable sensación de que el liberalismo ''es más de lo mismo'', es decir, un populismo más, sólo que en vez de izquierda es de derecha.
Bajo la política actual, se siguen repartiendo canonjías y dispensas desde el poder, sólo que los destinatarios ya no son los pobres, marginados, excluidos y explotados de la izquierda sino los banqueros, inversores y empresarios de ''la derecha''. Y la percepción popular es que el verdadero y gran excluido de estos repartos es el ciudadano común y corriente. El que se levanta todos los días para ir a trabajar a una oficina, o a un local propio o alquilado. Y que votó a este gobierno sólo para que no ganara Massa.
[1]Ludwig von Mises, La acción humana, tratado de economía. Unión Editorial, S.A., cuarta edición. Pág.1063 a 1065
[2] Badeni, Gregorio. Tratado de Derecho Constitucional. Tomo II- 2ª Edición Actualizada. Ampliada - 2a M. - Buenos Aires- La Ley, ISBN 987-03-0947-X (Tomo II)-ISBN 987-03-0945-3 (Obra Completa) págs. 1607/1608
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